Solicitar la nacionalidad española por residencia en 2025 es un proceso administrativo que permite a los extranjeros integrados en España convertirse en ciudadanos de pleno derecho. Este procedimiento no solo otorga un estatus legal permanente, sino que abre la puerta a derechos como el voto, el acceso a determinados empleos públicos o la libre circulación por la Unión Europea. En esta guía completa explicaremos en detalle quién puede solicitarla, cuáles son los requisitos, la documentación necesaria, cómo presentar la solicitud y qué esperar durante el proceso.
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ToggleQué es la nacionalidad española por residencia
La nacionalidad por residencia es una de las vías previstas en el Código Civil (artículos 21 a 23) para adquirir la nacionalidad española. Se concede a extranjeros que han residido legalmente en España durante un tiempo determinado, siempre que cumplan los requisitos legales y demuestren integración en la sociedad española.
Este tipo de nacionalidad exige que la residencia en España haya sido legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud, y que el solicitante cumpla con los periodos mínimos exigidos según su origen o circunstancias.
Tiempo de residencia exigido
El tiempo mínimo de residencia legal requerido varía según el caso:
- 10 años: regla general para la mayoría de los solicitantes.
- 5 años: para refugiados reconocidos.
- 2 años: para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.
- 1 año: en casos especiales, como:
- Nacidos en territorio español.
- Personas casadas con un ciudadano español durante al menos un año y no separadas legalmente.
- Viudos de español si en el momento de la muerte no existía separación.
- Nacidos fuera de España con padre o madre españoles de origen.
- Personas que no ejercieron debidamente su derecho a adquirir la nacionalidad por opción.
Es fundamental acreditar que la residencia ha sido legal, continuada y sin ausencias prolongadas.
Requisitos generales
Además del tiempo mínimo de residencia, es necesario cumplir con otros requisitos:
- Residencia legal y continuada en España.
- Buena conducta cívica (carecer de antecedentes penales graves en España y en el país de origen).
- Suficiente grado de integración en la sociedad española, evaluado a través de las pruebas del Instituto Cervantes:
- CCSE: conocimientos constitucionales y socioculturales de España.
- DELE: dominio del idioma español (nivel A2 o superior), salvo para ciudadanos de países hispanohablantes.
- Capacidad de obrar según la legislación española.
Documentación necesaria
La documentación puede variar según el caso personal, pero de forma general se requiere:
- Formulario de solicitud oficial (disponible en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia).
- Tarjeta de identidad de extranjero (TIE) en vigor.
- Pasaporte completo y en vigor.
- Certificado de empadronamiento actual.
- Certificado de nacimiento del país de origen debidamente legalizado/apostillado y traducido si es necesario.
- Certificado de antecedentes penales del país de origen y de España.
- Justificante de pago de la tasa (modelo 790, código 026).
- Diplomas de las pruebas CCSE y DELE del Instituto Cervantes (si son necesarias).
- En su caso, certificados de matrimonio o nacimiento de hijos si aplican para la reducción del tiempo de residencia.
Cómo presentar la solicitud
En 2025, el procedimiento más habitual y rápido es la presentación telemática a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia. Los pasos son:
- Reunir toda la documentación requerida.
- Escanear los documentos en formato PDF, legibles y completos.
- Acceder a la sede electrónica con certificado digital, DNIe o sistema Cl@ve.
- Rellenar el formulario de solicitud y adjuntar la documentación.
- Firmar y enviar la solicitud.
- Descargar el justificante de registro.
También es posible presentar la solicitud en papel en el Registro Civil, aunque los plazos de tramitación suelen ser más largos.
Plazos y resolución
El Ministerio de Justicia dispone de un año para resolver la solicitud desde que se presenta correctamente. Si transcurre ese plazo sin respuesta, se entiende denegada por silencio administrativo, aunque en la práctica pueden tardar más.
En caso de resolución favorable, será necesario:
- Jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y leyes españolas.
- Renunciar a la nacionalidad anterior, salvo en casos en que la ley lo exime (como ciudadanos de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal).

Consejos prácticos para agilizar el trámite
- Presentar la solicitud telemáticamente para reducir tiempos.
- Asegurarse de que la documentación esté vigente, legalizada y correctamente traducida si procede.
- No acumular ausencias prolongadas durante el periodo de residencia exigido.
- Realizar las pruebas del Instituto Cervantes con antelación suficiente.
- Guardar todos los justificantes de presentación y comunicaciones con la Administración.
Preguntas frecuentes
¿Puedo solicitar la nacionalidad si tengo antecedentes penales?
Dependerá de la gravedad y antigüedad. Es recomendable cancelarlos antes de presentar la solicitud.
¿Cuánto tiempo tarda en resolverse?
El plazo legal es de un año, pero en la práctica puede extenderse.
¿Es obligatorio hacer las pruebas CCSE y DELE?
Sí, salvo para ciudadanos de países hispanohablantes (exentos del DELE) o menores de edad.
¿Puedo conservar mi nacionalidad de origen?
En algunos casos sí, especialmente si es de un país iberoamericano, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal.
¿Qué pasa si me deniegan la solicitud?
Podrás interponer recurso potestativo de reposición o acudir a la vía contencioso-administrativa.
Conclusión y recomendación
Solicitar la nacionalidad española por residencia en 2025 es un paso importante que requiere preparación, paciencia y cumplir estrictamente con los requisitos legales. Un error en la documentación o en los plazos puede retrasar el proceso durante años. Por eso, contar con profesionales especializados en extranjería es clave para asegurar que todo se presenta correctamente y con garantías.
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