Permiso de Residencia Temporal por Cuenta Ajena en España

Obtén tu permiso de residencia temporal por cuenta ajena en España con asesoramiento profesional por WhatsApp, ideal si tienes una oferta de trabajo o contrato laboral. Te ayudamos a preparar y presentar la solicitud correctamente, revisar requisitos y acompañarte durante todo el proceso para maximizar tus posibilidades de éxito. Este trámite te permite vivir y trabajar legalmente en España durante un año, con posibilidad de renovación.

Permiso de residencia temporal por cuenta ajena

Qué es el permiso de residencia por cuenta ajena

Dentro de los tipos de permisos de residencia, es una autorización que permite a un ciudadano extranjero residir legalmente en España y trabajar para una empresa o empleador durante un período inicial de un año. Puede solicitarse desde fuera de España (en origen), o en algunos casos desde el propio país, si ya estás aquí y cumples ciertas condiciones (como el arraigo).

La autorización está vinculada a una oferta de empleo real, y requiere que el empleador cumpla ciertos requisitos legales (estar al corriente de pagos, no tener sanciones, etc.).

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Gestoría Extranjería Valencia

Requisitos para solicitarlo

Los requisitos pueden variar ligeramente según el tipo de procedimiento (inicial en origen, arraigo, renovación…), pero en general necesitas:

Tener una oferta de empleo formal, firmada por la empresa contratante.

Que el empleador esté inscrito en la Seguridad Social y cumpla con sus obligaciones fiscales y laborales.

Acreditar formación o experiencia profesional relacionada con el puesto ofertado.

No tener antecedentes penales en España ni en tu país de origen.

No estar en situación de prohibición de entrada ni dentro del plazo de compromiso de retorno.

En caso de primera solicitud desde origen: no encontrarse en situación irregular en España.

Documentación necesaria

Desde nuestra gestoría te ayudamos a reunir y revisar todos los documentos exigidos, que incluyen:

Pasaporte completo y en vigor (copia de todas las páginas).

Contrato de trabajo firmado y condiciones del empleo (jornada, salario, duración…).

Documentación de la empresa: CIF, escritura de constitución, certificado de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social.

Certificado de antecedentes penales del país de origen.

Formación o experiencia profesional acreditada.

En algunos casos, informe de adecuación de la vivienda (si el empleador ofrece alojamiento).

Formulario oficial EX-03 y tasa 790-062 abonada.

Todos los documentos extranjeros deben estar debidamente legalizados y traducidos al español por traductor jurado.

Incluye:

Asesoramiento completo y estudio de viabilidad

Preparación de expediente y documentación del empleador

Presentación telemática del expediente (si aplica)

Seguimiento del trámite y respuesta a requerimientos

Precio del servicio

Cada solicitud de residencia y trabajo por cuenta ajena puede presentar particularidades (modificación desde una estancia por estudios, desde fuera de España, evitando el plan nacional de empleo…), por lo que no es recomendable aplicar un precio estándar sin analizar previamente el expediente.

Por ello, ofrecemos presupuestos personalizados en función de la complejidad real de cada caso y del nivel de acompañamiento necesario durante la tramitación.

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar la solicitud desde España?

 Solo en algunos casos, como en solicitudes por modificación o situación que eximen del cumplimiento del plan nacional de empleo (ejemplo: hijo o nieto de español). AL margen de lo mencionado, si no estás en situación legal, la solicitud debe hacerse desde tu país de origen.

La autorización inicial es de 1 año, vinculada al contrato ofrecido. Puede renovarse por 4 años si se mantiene el empleo o se cumplen otros requisitos.

 Puedes renovar el permiso si acreditas que has trabajado al menos 6 meses durante el año, o si estás inscrito como demandante de empleo y estás en búsqueda activa.

 Sí, siempre que cumpla con todos los requisitos legales y demuestre capacidad económica para asumir la contratación.

 El plazo habitual es de 3 meses, aunque puede variar según la provincia. Desde nuestra gestoría hacemos un seguimiento para evitar retrasos.

Correo electrónico

info@gestoriaextranjeriavalencia.com

Teléfono

+34 614799868

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