Arraigo social en 2025 preguntas frecuentes

Arraigo social en 2025: preguntas frecuentes

El arraigo social en 2025 es una de las vías más comunes para obtener la residencia en España cuando se acreditan vínculos familiares o integración social. Tras la reforma del Reglamento de Extranjería por el Real Decreto 1155/2024, el procedimiento se ha actualizado y simplificado, pero siguen existiendo muchas dudas prácticas. En este artículo respondemos a las preguntas más frecuentes sobre este trámite, de forma clara y profesional.

Qué es y base legal

El arraigo social forma parte de las autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales, reguladas en el Título VII, artículos 124 a 127 del Reglamento de Extranjería, aprobado por el RD 1155/2024.
Permite obtener una residencia de un año con autorización de trabajo cuando la persona demuestra su permanencia continuada en España, vínculos familiares con residentes legales o integración social acreditada mediante informe autonómico.

Más información oficial: Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales – Arraigo social

Requisitos esenciales en 2025

  • Permanencia en España durante al menos dos años, con ausencias breves y justificadas.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en los países de residencia reciente.
  • Tener vínculos familiares con residentes legales o, en su defecto, informe de esfuerzo de integración emitido por la comunidad autónoma.
  • Medios económicos suficientes, generalmente equivalentes al 100 % del IPREM mensual.
  • Pasaporte en vigor y tasas abonadas antes de presentar la solicitud.

Puedes ver un desarrollo más amplio en nuestra guía del permiso por arraigo social.

Documentación resumida

  • Pasaporte completo y empadronamiento histórico.
  • Certificados de antecedentes penales actualizados.
  • Vínculos familiares o informe de esfuerzo de integración.
  • Justificantes de medios económicos (trabajo, ahorros o ayuda familiar).
  • Modelo 790 código 052 pagado.

Más detalles sobre cómo justificar tus ingresos: medios económicos en arraigo social
Y sobre el informe autonómico: informe de esfuerzo de integración

Arraigo social en 2025 preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes (FAQ) 2025

¿Cuánto tiempo debo llevar en España para pedir el arraigo social?

El nuevo reglamento exige al menos dos años de permanencia continuada, acreditables con empadronamiento histórico o pruebas equivalentes.

¿El tiempo de solicitud de asilo cuenta para el arraigo?

No. El tiempo con expediente de asilo abierto no cuenta hasta que se resuelve de forma definitiva.

¿Puedo pedir arraigo social por tener pareja española?

El arraigo social está pensado para vínculos con extranjeros residentes legales. Si tu pareja es española, podrías tramitar un permiso de familiar de ciudadano de la Unión, más ventajoso en la mayoría de los casos.

¿Es necesario un contrato de trabajo?

No siempre. El arraigo social puede concederse por medios económicos o actividad por cuenta propia. Solo se exige contrato si esa es la vía de acreditación.

¿Qué ingresos debo demostrar?

En general, 100 % del IPREM mensual por solicitante y un 50 % adicional por cada familiar a cargo. Los ingresos pueden ser tuyos o de tu familiar residente con el que se acredita el vínculo.

¿Qué tipo de vínculos familiares sirven para el arraigo social?

Cualquiera de los siguientes:

  • Cónyuge o pareja registrada.
  • Padres o hijos de primer grado que sean residentes legales.
  • También puede admitirse convivencia estable con un residente, si se demuestra dependencia económica o familiar.

¿Qué pasa si no tengo vínculos familiares?

En ese caso, podrás aportar un informe de esfuerzo de integración emitido por la comunidad autónoma, que acredita tu participación social, conocimiento del idioma y adaptación cultural.

¿Puedo trabajar con el arraigo social?

Sí. El permiso autoriza a trabajar por cuenta propia o ajena desde el momento en que se concede.

¿Qué vigencia tiene la autorización de arraigo social?

El arraigo social concede una residencia de un año. Antes de su vencimiento se puede modificar o renovar según tu situación laboral o económica.

¿Qué ocurre si tengo antecedentes penales?

Debes carecer de antecedentes. Si los tuviste, será necesario demostrar cancelación o prescripción, aportando los certificados actualizados.

¿Cuánto tarda la resolución del arraigo social?

El plazo orientativo es de tres meses, aunque puede variar según la provincia y la carga de trabajo de cada Oficina de Extranjería.

¿Puedo contar con ayuda familiar si no trabajo?

Sí, si los familiares con los que convives son residentes legales y pueden demostrar medios económicos estables en España.

¿Qué errores hacen que denieguen el arraigo?

  • No justificar bien los dos años de permanencia.
  • Medios económicos insuficientes o no acreditados en España.
  • Documentos caducados o mal escaneados.
  • Informe de integración desfavorable o presentado fuera de plazo.
  • No responder requerimientos en el plazo legal.

Preguntas frecuentes específicas para Valencia

¿Dónde se presenta el arraigo social en Valencia?

La solicitud se presenta en la Oficina de Extranjería de Valencia o de forma telemática a través de la plataforma Mercurio. Nosotros podemos encargarnos de la presentación completa.

¿Cuánto tarda en resolverse el arraigo social en Valencia?

El plazo medio actual ronda los dos a tres meses, aunque puede variar según la carga de expedientes.

¿Dónde pedir el informe de integración en Valencia?

Debe solicitarse en la Dirección General de Inclusión e Inmigración de la Generalitat Valenciana, con cita previa. Si lo deseas, te ayudamos con la solicitud y documentación.

¿Podéis ayudarme a presentar el arraigo social online desde Valencia?

Sí. En Gestoría Extranjería Valencia tramitamos tu solicitud de forma telemática, sin necesidad de desplazarte, y te guiamos hasta la obtención del TIE.

Apuntes finales y recomendación

El arraigo social en 2025 sigue siendo una oportunidad real de regularizar la situación de muchas personas que ya están integradas en España.
Sin embargo, el éxito depende de cumplir exactamente los requisitos del RD 1155/2024, aportar la documentación correcta y saber encuadrar cada caso en la modalidad adecuada.

En Gestoría Extranjería Valencia te ayudamos a evaluar tu caso, preparar el expediente, presentar la solicitud y acompañarte hasta la concesión del TIE, de forma presencial o 100 % online.
Puedes contactarnos por WhatsApp al +34 614 799 868 o en gestoriaextranjeriavalencia.com.

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