Familiar de persona de la Unión Europea: residencia en España es un trámite fundamental para los familiares extracomunitarios que deseen vivir legalmente en España junto a un ciudadano comunitario. Esta autorización garantiza el derecho de residencia, acceso al mercado laboral y a los servicios públicos en igualdad de condiciones con los ciudadanos de la Unión Europea. En este artículo encontrarás una guía completa y clara sobre requisitos, documentos, diferencias entre solicitarlo desde España o desde el país de origen, duración, renovaciones, seguros médicos y cómo evolucionar hacia la residencia permanente o de larga duración.
Contenido del artículo
Toggle¿Qué es la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión?
La tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión es un permiso de residencia temporal que se concede a los familiares extracomunitarios de ciudadanos de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza que se reúnan o acompañen a estos en España.
Está regulada por el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de la Unión Europea y de sus familiares, publicado en el BOE.
Este derecho se basa en la Directiva 2004/38/CE, que reconoce la libre circulación y residencia de ciudadanos comunitarios y sus familiares.
¿Quién puede solicitar esta tarjeta?
Pueden solicitar la tarjeta los siguientes familiares de un ciudadano comunitario:
- Cónyuge o pareja registrada.
- Pareja de hecho no registrada, siempre que se acredite una relación estable de al menos un año o hijos en común.
- Hijos menores de 21 años, o mayores de esa edad si dependen económicamente.
- Ascendientes directos (padres y abuelos) a cargo del ciudadano de la Unión o de su cónyuge/pareja.
- Cualquier otro miembro de la familia que, en el país de procedencia, esté a cargo o conviva con el ciudadano comunitario, o que por motivos de salud graves necesite ser atendido por él.
Diferencias entre pedir el visado desde el país de origen y solicitarlo en España
Solicitud desde el país de origen (visado comunitario)
Cuando el familiar extracomunitario se encuentra en su país, debe solicitar un visado de familiar de ciudadano de la Unión en el Consulado de España. Este visado es gratuito y se tramita con carácter preferente. Una vez concedido, se permite la entrada a España para posteriormente solicitar la tarjeta de residencia.
Solicitud desde España
Si el familiar ya se encuentra en España de forma regular (por ejemplo, con un visado de estancia o como turista dentro de los 90 días legales), puede presentar directamente la solicitud de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía.
¿Se pueden pedir los dos trámites a la vez?
No es posible solicitar simultáneamente el registro de ciudadano de la Unión (CUE o NIE verde para quien tiene doble nacionalidad comunitaria y extracomunitaria) y la tarjeta de familiar de la Unión. La persona debe optar por una vía u otra según corresponda.
Por ejemplo:
- Si alguien tiene doble nacionalidad argentino-italiano, puede solicitar directamente su certificado de registro de ciudadano de la UE como italiano.
- Si solo tuviera la nacionalidad argentina, necesitaría el visado de familiar (si está fuera) o la tarjeta de residencia de familiar (si está en España).
Cada procedimiento está separado y se tramita de forma independiente.

Requisitos principales
- Acreditar el vínculo familiar con el ciudadano de la Unión mediante documentación legalizada o apostillada.
- Demostrar que el ciudadano comunitario reside en España o tiene intención real de hacerlo.
- Presentar pasaporte válido y en vigor.
- Justificar que se cumplen las condiciones de residencia del ciudadano comunitario (trabajador por cuenta ajena o propia, estudiante con seguro y medios económicos suficientes, o persona con recursos propios).
¿Cuándo es obligatorio contratar un seguro médico?
El seguro médico es necesario cuando el ciudadano comunitario no trabaja en España ni cotiza a la Seguridad Social. En esos casos, debe acreditar medios económicos suficientes y contar con un seguro de salud público o privado, sin copagos excesivos y con cobertura completa en España.
Esto afecta, sobre todo, a:
- Estudiantes comunitarios.
- Personas que residan en España por medios propios (jubilados, rentistas, etc.).
Cuando el ciudadano comunitario trabaja, cotiza y está dado de alta en la Seguridad Social, el familiar extracomunitario queda cubierto y no es necesario contratar un seguro médico privado.
Duración de la tarjeta y renovaciones
- Tarjeta inicial: tiene una validez de 5 años.
- Tarjeta permanente: después de esos 5 años, el familiar puede solicitar la tarjeta de residencia permanente de familiar de ciudadano de la Unión, con una vigencia de 10 años.
¿Cuándo se puede pasar a residencia de larga duración o modificar a otro permiso?
- Tras 5 años de residencia continua como familiar de ciudadano de la Unión, se puede solicitar la residencia permanente comunitaria.
- También existe la opción de modificar hacia una residencia de larga duración-UE, contemplada en el Reglamento de Extranjería para extranjeros no comunitarios.
- En determinados casos, si cesa el vínculo familiar (divorcio, fallecimiento, salida del ciudadano comunitario de España), el familiar puede modificar su tarjeta a otro tipo de residencia, siempre que cumpla los requisitos establecidos en la normativa de extranjería.
Plazos de tramitación
- El visado comunitario en el consulado suele resolverse en un plazo de 15 días naturales, prorrogables hasta 45 si piden documentación adicional.
- La tarjeta en España debe resolverse en un máximo de 3 meses. Si no hay resolución, se entiende denegada por silencio administrativo.
Preguntas frecuentes
¿Puedo trabajar en España con esta tarjeta?
Sí, la tarjeta da derecho a trabajar tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.
¿Qué pasa si me divorcio o fallece el ciudadano comunitario?
En ciertos supuestos puedes mantener la tarjeta si acreditas convivencia previa, duración del matrimonio o custodia de hijos comunes.
¿La tarjeta sirve para viajar por Europa?
Permite circular por la UE hasta 90 días, pero si quieres residir en otro país deberás solicitar allí una nueva tarjeta.
¿Cuándo puedo pedir la permanente?
Después de 5 años de residencia continua en España como familiar comunitario.
Conclusión
La tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión es una de las autorizaciones más ventajosas en España. Permite vivir y trabajar en igualdad de condiciones con los ciudadanos comunitarios, con un procedimiento más sencillo que otras residencias. Sin embargo, cada caso tiene particularidades: parejas no registradas, familiares dependientes, solicitudes desde fuera o desde dentro de España, seguros médicos, tiempos de resolución, renovaciones o modificaciones posteriores.
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También puedes consultar el texto completo del Real Decreto 240/2007 en el BOE para profundizar en los detalles legales y garantizar una tramitación sólida.



