Solicitar la nacionalidad española por residencia es una de las vías más utilizadas por los extranjeros que llevan tiempo viviendo legalmente en España y desean integrarse plenamente en la sociedad. En este artículo te explicamos detalladamente los requisitos, el procedimiento actualizado según el nuevo Reglamento aprobado por el Real Decreto 1155/2024, y todos los pasos para que puedas preparar tu solicitud con éxito.
Contenido del artículo
Toggle¿Qué es la nacionalidad por residencia?
La nacionalidad por residencia es una forma de adquirir la nacionalidad española tras haber residido en España de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud durante un determinado periodo de tiempo, que varía según el caso:
- 10 años: regla general.
- 5 años: para refugiados.
- 2 años: para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y personas sefardíes.
- 1 año: para casos especiales (matrimonio con español/a, nacimiento en España, hijos o nietos de españoles, etc.).
Requisitos generales
Residencia legal y continuada
Debes acreditar que has residido en España de forma legal y continuada, sin ausencias prolongadas que puedan interrumpir el cómputo de tiempo exigido.
Buena conducta cívica
No debes tener antecedentes penales ni policiales en España ni en tu país de origen. La buena conducta se valora también según otros aspectos, como el cumplimiento de tus obligaciones fiscales o de seguridad social.
Suficiente grado de integración
Se acredita mediante la superación de dos pruebas diseñadas por el Instituto Cervantes:
- Prueba CCSE (Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España).
- Prueba DELE (Diploma de Español como Lengua Extranjera), nivel A2 o superior, salvo que seas nacional de un país hispanohablante.
Documentación necesaria
- Modelo de solicitud normalizado.
- Justificante de pago de la tasa (103 euros).
- Tarjeta de identidad de extranjero (TIE).
- Pasaporte completo y en vigor.
- Certificado de antecedentes penales del país de origen, legalizado y traducido.
- Certificado de empadronamiento.
- Certificados de los exámenes CCSE y DELE (excepto exentos).
- Justificantes que acrediten la residencia legal y continuada.
- En su caso, partida de nacimiento, certificado de matrimonio u otros documentos que justifiquen el plazo reducido de residencia.
Procedimiento paso a paso
1. Preparación de la documentación
Reúne todos los documentos exigidos, asegurándote de que estén actualizados, legalizados y traducidos correctamente.
2. Realización de los exámenes
Inscríbete en el Instituto Cervantes para realizar el CCSE y, si corresponde, el DELE. Guarda los certificados acreditativos.
3. Presentación de la solicitud
La solicitud se presenta por vía telemática en la sede electrónica del Ministerio de Justicia (https://sede.mjusticia.gob.es). También puedes acudir a una gestoría especializada como gestoriaextranjeriavalencia.com para tramitarlo con garantía.
4. Instrucción del expediente
El Ministerio de Justicia recaba los informes preceptivos: antecedentes penales, policía, CNI, etc. Durante esta fase podrá requerirse documentación adicional.
5. Resolución
Una vez evaluado todo el expediente, se emite una resolución favorable o denegatoria. No hay plazo legal máximo para resolver, aunque se espera una media de 1 a 2 años.
6. Jura o promesa y registro
Si la resolución es favorable, debes acudir en un plazo de 180 días al Registro Civil para jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución. Luego se inscribe tu nacimiento en el Registro Civil español.

Consejos prácticos
- Evita salir de España más de 6 meses en un año, ya que podría afectar al cómputo de residencia.
- Consulta previamente si estás exento de las pruebas.
- Guarda todos tus documentos digitalizados y vigentes.
- Si tienes dudas o necesitas agilidad en el trámite, confía en una gestoría especializada.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Puedo solicitar la nacionalidad si tengo residencia por arraigo?
Sí, siempre que tu residencia sea legal y continuada durante el plazo exigido (generalmente 10 años, salvo reducciones).
¿Es obligatorio hacer las pruebas del Instituto Cervantes?
Sólo si no estás exento. Los nacionales de países hispanohablantes están exentos del DELE, pero sí deben hacer el CCSE salvo casos especiales.
¿Cuánto cuesta todo el trámite?
- Tasa administrativa: 103 €
- Examen CCSE: 85 €
- Examen DELE A2: 150 €
- Honorarios de gestoría (si decides delegarlo)
¿Cuánto tiempo tarda el procedimiento?
Puede variar, pero la media actual es de entre 12 y 24 meses desde que se presenta la solicitud correctamente.
¿Qué pasa si me deniegan la solicitud?
Puedes presentar un recurso de reposición o contencioso-administrativo, preferiblemente con ayuda legal.
Apuntes finales
Obtener la nacionalidad española por residencia es un proceso que requiere paciencia, orden y conocimiento legal. Si bien puedes hacerlo por tu cuenta, una gestión profesional puede ahorrarte errores y demoras innecesarias. En gestoriaextranjeriavalencia.com te acompañamos paso a paso para que logres tu objetivo con tranquilidad y garantías.
Si quieres saber el resto de formas de obtener la nacionalidad española, no sólo por residencia, lee nuestro otro artículo: Formas de obtener la nacionalidad española.
Para información oficial sobre el procedimiento, puedes consultar la web del Ministerio de Justicia.



