Reagrupación familiar visado nómada digital, una familia reuniéndose.

Reagrupación familiar: cómo traer a mis hijos a España

La reagrupación familiar: cómo traer a mis hijos a España es una de las preguntas más habituales entre quienes ya cuentan con un permiso de residencia en el país y desean que sus hijos menores o dependientes puedan vivir con ellos. La normativa española reconoce este derecho, pero exige cumplir una serie de requisitos legales, económicos y documentales que conviene conocer en detalle antes de iniciar el trámite.

Qué es la reagrupación familiar en España

La reagrupación familiar es el procedimiento que permite a un extranjero residente legal en España solicitar la entrada y residencia de sus familiares directos. En el caso de los hijos, el derecho de reagrupación se reconoce tanto para los hijos propios como para los de la pareja, siempre que cumplan las condiciones establecidas en la normativa de extranjería.

La regulación principal se encuentra en la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España (LOEX) y en su desarrollo reglamentario mediante el Real Decreto 1155/2024, que sustituye al anterior RD 557/2011.

Quién puede reagrupar a sus hijos en España

Para poder reagrupar a sus hijos, el reagrupante debe cumplir las siguientes condiciones:

  • Tener una residencia en vigor en España, al menos con un año de permanencia legal y autorización renovada para otro año más.
  • Contar con medios económicos suficientes para mantener a la familia sin depender de ayudas públicas.
  • Disponer de una vivienda adecuada (lee nuestro artículo sobre el informe de vivienda adecuada), acreditada mediante informe favorable de la Comunidad Autónoma o Ayuntamiento correspondiente.

En el caso de los hijos, podrán ser reagrupados:

  • Hijos menores de 18 años del reagrupante o de su cónyuge/pareja.
  • Hijos mayores de edad que no puedan proveer a sus propias necesidades debido a una situación de salud acreditada.
  • Menores tutelados legalmente por el reagrupante.

Requisitos económicos para traer a los hijos

Uno de los puntos clave es demostrar ingresos suficientes para mantener a los hijos en España. La referencia económica utilizada es el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).

  • Para reagrupar al primer hijo: se exige disponer de una cantidad equivalente al 150% del IPREM mensual.
  • Por cada hijo adicional: se suma el 50% del IPREM.

Esto implica que, si una persona quiere traer a dos hijos, debe acreditar al menos el 200% del IPREM mensual.

Los ingresos pueden justificarse mediante contratos de trabajo, nóminas, declaraciones de IRPF, vida laboral o en el caso de autónomos, con declaraciones trimestrales y anuales de impuestos.

Documentación necesaria

Para iniciar el trámite de reagrupación familiar de los hijos será imprescindible presentar la siguiente documentación:

  • Pasaporte completo y en vigor del reagrupante y de los hijos.
  • Tarjeta de residencia y autorización vigente del reagrupante.
  • Certificado de nacimiento del hijo debidamente legalizado y, en su caso, traducido.
  • Documentación que acredite la relación de filiación o tutela.
  • Informe de vivienda adecuada emitido por la Comunidad Autónoma.
  • Medios económicos suficientes acreditados con documentos oficiales.
  • En el caso de hijos mayores de edad incapacitados, certificado médico oficial que lo justifique.
Reagrupación familiar cómo traer a mis hijos a España

Procedimiento para reagrupar a los hijos en España

El procedimiento se desarrolla en varias fases:

Solicitud en España

El reagrupante presenta la solicitud en la Oficina de Extranjería correspondiente a su lugar de residencia. Una vez revisada la documentación, la administración dispone de un plazo de 45 días para resolver.

Visado en el país de origen

Si la autorización es concedida, el hijo debe solicitar un visado de reagrupación familiar en el Consulado español de su país de origen o residencia.

Entrada y residencia en España

Tras la concesión del visado, el hijo dispone de tres meses para entrar en España. Una vez aquí, deberá solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en la comisaría de policía correspondiente.

Situaciones especiales

Existen ciertos supuestos que conviene destacar:

  • Custodia compartida: si el hijo es de una relación anterior, se debe aportar consentimiento del otro progenitor o resolución judicial que autorice la reagrupación.
  • Hijos adoptados o tutelados: será necesaria la resolución judicial o administrativa que lo acredite.
  • Reagrupación de hijos nacidos en España: en este caso no se exige visado, pero sí inscripción en la oficina de extranjería.

Preguntas frecuentes sobre la reagrupación familiar de hijos

¿Puedo reagrupar a mis hijos si soy estudiante extranjero en España?
No. Los estudiantes extranjeros no tienen derecho a la reagrupación familiar salvo excepciones muy limitadas previstas en la normativa.

¿Qué ocurre si mis ingresos no alcanzan el mínimo exigido?
La solicitud puede ser denegada. En estos casos conviene esperar a contar con ingresos suficientes o acreditar otras fuentes estables de recursos.

¿Es posible reagrupar a un hijo mayor de 18 años?
Sí, únicamente si depende económicamente del reagrupante y presenta una discapacidad o enfermedad grave que le impida valerse por sí mismo.

¿Cuánto tarda el proceso completo?
Dependiendo del tiempo de resolución en Extranjería y del Consulado, el trámite puede prolongarse entre 4 y 9 meses en la práctica.

¿Puedo reagrupar a mis hijos si estoy en situación de paro?
En la mayoría de los casos no, ya que se exige acreditar ingresos suficientes y estables.

Conclusión: la importancia de un buen asesoramiento

La reagrupación familiar: cómo traer a mis hijos a España es un derecho importante, pero conlleva un procedimiento complejo que requiere reunir correctamente la documentación, cumplir los requisitos económicos y legales, y conocer los plazos de cada fase.

En nuestra gestoría, Gestoría Extranjería Valencia, estamos especializados en trámites de extranjería y podemos acompañarte en todo el proceso, desde la solicitud en Extranjería hasta la obtención de la tarjeta de residencia de tus hijos.

Si deseas más información detallada sobre precios y condiciones del trámite, puedes consultar nuestra página sobre reagrupación familiar o ponerte en contacto con nosotros directamente.

Para contrastar la normativa, puedes consultar el Real Decreto 1155/2024 en el BOE.

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